FORMATOS DE SEGURIDAD SOCIAL – PILA (PLANILLA INTEGRADA
PARA LIQUIDACIÓN DE APORTES) Y ARP
Es
un formato inteligente que les permite a todas las personas y empresas liquidar
y pagar sus aportes al sistema de la protección social, según el ingreso base
de cotización (IBC) y condiciones personales del aportante.
BASE LIQUIDACIÓN
EPS
La cotización al sistema de salud es de 12,5%
del salario base de aportes para el sistema de seguridad social. El empleador paga
el 8.5% y el trabajador el 4%.
AFP
Por
cada empleado se debe aportar por concepto de pensión, un 16% del salario base
de cotización. El empleador aporta el 12% y el trabajador el 4%, valor que
mensualmente la empresa debe apropiar y consignar en el fondo de pensiones que
el empleado haya determinado.
ARP
La empresa debe afiliar al empleado al sistema de riesgos profesionales,
con el objetivo de
cubrir los problemas, los accidentes o enfermedades que el
empleado sufra como
consecuencia del ejercicio de su labor en la empresa. El
aporte en su totalidad está a cargo de la empresa y el porcentaje a cotizar está
dado por una tabla progresiva según sea el nivel de riesgo que corra el
trabajador en su trabajo.
CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR
Mensualmente
la empresa debe pagar por subsidio familiar un 4% del salario base de
cotización por este concepto.
SENA
Mensualmente la empresa debe aportar el 2% de la nómina base para los
aportes, con destino al Sena
ICBF
Mensualmente
la empresa debe aportar el 3% del salario base del trabajador.
LOS FACTORES Y BASES PARA LIQUIDAR LAS PROVISIONES DE
PRESTACIONES SOCIALES Y LAS APROPIACIONES PARA LA SEGURIDAD SOCIAL
SALARIOS
Es
la remuneración variable que recibe el trabajador por prestar sus servicios personales bajo una
subordinación constante que le permite el desarrollo y crecimiento personal de
cubrir sus propias necesidades.
FACTORES SALARIALES
PRESTACIONES SOCIALES
Las prestaciones sociales son los dineros
adicionales al Salario que el empleador debe reconocer al trabajador vinculado
mediante Contrato de trabajo por sus servicios prestados. Es el reconociendo a
su aporte en la generación de ingresos y utilidad en la empresa o unidad
económica. Según la normatividad el empleador tiene derecho a la prima de
servicios, vacaciones, cesantías y prima de navidad.
LEY 789 DE 2002
La ley nos habla que el objeto fundamental es el área de pensiones, donde
se cree un sistema viable para tener pensión, la salud es fundamental y que
lastimosamente en nuestro país muchas veces se incumple o se niega el servicio,
considerando que la salud es algo que no se juega y ni se debe violar.
LEY 50 DE 1990
La
ley nos habla que debe existir un contrato de trabajo y en él debe ir
contemplados tres aspectos importantes, primero la actividad personal de
trabajo, la duración de contrato como segundo aspecto y en tercer lugar un
salario por la prestación de servicio que realiza el empleado.
LEY 100 DE 1993
El
objetivo principal es el sistema de seguridad social
integral, por objeto tiene garantizar los derechos irrenunciables, el sistema
comprende las obligaciones de estado y la sociedad, la ley contempla la
afiliación a pensiones, la cotización, que es algo muy importante todos los
trabajadores deseamos tener una vejez digna
por esto es importante este tipo de leyes que acobijan a los
trabajadores en caso de que esto se incumpla, también nos habla de la pensión
por vejez, pensión por sobrevivientes, esta ley busca tener una calidad humana
digna.
NORMATIVIDAD PARA LA LIQUIDACIÓN DE APORTES
La base sobre la cual se deben liquidar los aportes a seguridad social
tanto en salud como en pensión, es el salario mensual según en los términos
contemplados por el código sustantivo del trabajo.