martes, 18 de agosto de 2015

SALARIO BASE LIQUIDACIÓN DE ACUERDO A LAS NORMAS LEGALES


Dependiendo del número de semanas cotizadas, se asigna un porcentaje a aplicar sobre el Ingreso Base de Liquidación, en todo caso el monto de la pensión no puede ser inferior a un salario mínimo legal mensual vigente ni superior al 75% del Ingreso Base de Liquidación. El Ingreso Base de Liquidación (IBL) se calcula al promediar el salario mensual de los últimos diez años cotizados por el afiliado.

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